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Conatel abrió procedimiento administrativo a medios por violación del artículo 10 de la Ley Resorte


Actuará con contundencia contra quienes atenten contra la paz y la tranquilidad 




La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel, abrió un procedimiento administrativo contra la televisora “La Tele” y las FM “Candela Pura 91.9” y “Es 96.9” por no haberse pegado a la alocución oficial la noche del jueves 3 de enero del año en curso que realizó el Ministro de Comunicación e Información, Ernesto Villegas.

Viernes, 4 de enero de 2013

Pedro Maldonado, Director de Conatel, enfatizó sobre la situación y dio detalles al respecto.

-El día de ayer jueves 3 de enero por lo noche se hizo una alocución oficial por parte del Ministro Ernesto Villegas que daba cuenta del avance o la evolución de la salud del Presidente Chávez. En ese contexto, existe una verificación que hace la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en virtud de la obligación que tienen los medios de comunicación de radio y televisión de encadenarse a la alocución oficial que haga el Vicepresidente Ejecutivo de la República, o el Ministro de Comunicación e Información. En ese sentido se pudo verificar que existieron tres medios de comunicación que no se pegaron a la cadena presidencial y uno de ellos se pegó con algún retraso o la transmitió con algún retraso. Por ello se ha decidido iniciar procedimiento administrativo sanzonatorio a la Televisora “La 

Tele” –que no transmitió ningún fragmento de la cadena que fue convocada por el Ministerio de Comunicación e Información- también la F.M. “Candela Pura 91.9” en la ciudad de Caracas y la F.M. “Es 96.9”.
Detalló Maldonado que “el procedimiento administrativo se inicia en virtud del articulo 10 de la ley de Responsabilidad en Radio y Televisión y Medios Electrónicos que establece la obligación que tiene los medios de Comunicación Social en Radio y Televisión de transmitir las alocuciones oficiales que haga el Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo de la República o el Ministerio de Comunicación e Información. En este sentido, el artículo 28 en su numeral 4, literal L, establece claramente que se debe iniciar un procedimiento administrativo el cual al finalizarse podría establecer una multa al medio que puede oscilar entre el 3 y 4 por ciento de los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior a la fecha en la cual se inició el procedimiento.

¿Cómo se inicia este procedimiento?


-En el marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todos los procedimientos que se inician son procedimientos que respetan el debido proceso y el derecho a la defensa. En sentido, los medios de comunicación notificados hoy viernes 4 de enero de 2013 sobre la apertura del  procedimiento administrativo por la presunta violación del artículo 10 y el artículo 28, numeral 4 literal L, tendrán que recurrir a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones a los efectos de presentar todos sus alegatos y todas sus defensas, digamos para desvirtuar ese análisis inicial que se ha hecho que pareciera indicar que en la cadena presidencial no fue acatada en la transmisión del día jueves 3 de enero, explicó el titular de Conatel.

LA COMISIÓN SERÁ CONTUNDENTE CONTRA QUIENES ATENTEN CONTRA LA PAZ Y LA TRANQUILIDAD


Maldonado enfatizó sobre la rigurosidad que vigilantemente mantendrá Conatel sobre quienes se atrevan a violar la Ley Resorte y podrá “mano dura” en todo instante.

-Cabe destacar en este momento, viendo la actividad y la actitud de juez administrativo que en este caso el Director de Conatel ostenta y no pudiendo adelantar opinión sobre futuros hechos que tengamos que conocer en la Comisión y en el Directorio de Responsabilidad Social, puedo referir es que constitucional y legalmente los medios de comunicación de radio y televisión y los medios electrónicos y allí referimos y refiero también a los portales web, tienen obligaciones constitucionales y legales claras donde están exactamente determinados sus limites y rangos de actuación y los medios de comunicación en este momento y, en este tema en particular, hace una estricta observancia de estos elementos constitucionales que inspiran y orientan su actividad.  Todo aquello que empiece a desviarse de la norma y de la rigurosidad constitucional y legal la Comisión Nacional de Telecomunicaciones está dispuesta y está entendida para realizar cualquier tipo de procedimiento administrativo que permita salvaguardar los derechos a la paz, a la tranquilidad y al sosiego del pueblo venezolano, concluyó.

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